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Documento BOE-B-2016-11661

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 30 de marzo de 2016, páginas 14480 a 14480 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-11661

TEXTO

Edicto

Don Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000038/2016, seguido a instancias de la Procuradora doña Ruth Miriam Arencibia Afonso, en nombre y representación de Dagraser Intermediaciones, S.L., se ha dictado Auto el día 25 de febrero de 2016, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Dagraser Intermediaciones, S.L., con CIF n.º B76032564, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el artículo 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y en el Boletín Oficial del Estado.

Se designa como Administrador del concurso a don Oliverio Trujillo Paz, con NIF 44318733X, como Economista, el cual ha designado como domicilio la calle Luis Doreste Silva, 18 B, 3.º izq.; teléfono 928 91 86 89 y 653 59 31 90, y correo electronico "otrujillo@crvconsultores.com".

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el artículo 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Don Carlos Vielba Escobar, Magistrado-Juez. Don Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia. Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 10 de marzo de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

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