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Documento BOE-B-2015-8293

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 17 de marzo de 2015, páginas 11378 a 11379 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-8293

TEXTO

Edicto

Cédula de Notificación

D. Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario del Juzgado Mercantil número 1 de los de Santa Cruz de Tenerife,

Hago Saber: Que en el procedimiento Concursal voluntario abreviado nº 8/2015, de la Entidad Fernando Scornik Gerstein Abogados Tenerife, S.L., se ha dictado Auto de fecha 23 de febrero de 2015, por Doña María Henar Torres Martín, Juez cuyos puntos principales de su parte dispositiva, es del tenor literal siguiente:

Primero.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el Procurador Dña. Montserrat Paula Zubieta Padrón, en nombre y representación de D./Dña. Fernando Scornik Gerstein Abogados Tenerife, S.L., con CIF nº B38764114.

Segundo.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, al deudor Fernando Scornik Gerstein Abogados Tenerife, S.L. con CIF nº B38764114 y domicilio en Edificio Valdés Center, Torre A, planta 2ª, oficina 1ª Arona, Los Cristianos (Santa Cruz de Tenerife).

Tercero.- Se acuerda la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa y el archivo de las actuaciones. Se acuerda la extinción de la persona jurídica del deudor, para lo cual, líbrense los mandamientos a los Registros (enumérense los nombres de los Registros que correspondan entre ellos el Mercantil), los que contendrán testimonio de la presente resolución, a fin de proceder al cierre de su hoja de inscripción, despachos que se entregarán al procurador de la parte solicitante del concurso para que cuiden de su diligenciado.

Cuarto.- Anúnciese la declaración y conclusión del concurso en el Boletín Oficial del Estado, con indicación de los datos de identificación del procedimiento, siendo gratuita dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 23.1 de la LC, en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal. Los anuncios contendrán los datos suficientes para identificar el proceso y la forma de personarse en él.

Modo de Impugnación.- Contra la Declaración de Concurso cabe, por quien acredite interés legítimo, Recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de que no tendrá carácter suspensivo, mediante escrito que se presentará en este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a su notificación (art. 458.1 LEC) o desde la última publicación del anuncio de declaración del concurso. Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15ª LOPJ). Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita. Así lo dispone, manda y firma Dña. María Henar Torres Martín, Juez de Santa Cruz de Tenerife; doy fe. La Juez. El Secretario Judicial.

Santa Cruz de Tenerife, 24 de febrero de 2015.- El Secretario Judicial.

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