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Documento BOE-B-2015-8132

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 16 de marzo de 2015, páginas 11138 a 11138 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-8132

TEXTO

Doña Ana María Lacalle Espallardo, Secretario/a judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 91/2015 y NIG n.º 30030 47 1 2015/0000203 se ha dictado en fecha 2 de marzo de 2015 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Inmo House Levante, S.L., con CIF B-30767024, cuyo domicilio social lo tiene en C/ Cartagena de Indias, n.º 29, Cartagena 30203 (Murcia)

2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo sustituidas por la Administración Concursal.

Ha sido nombrado Administrador concursal la sociedad Abogados y Economistas Administradores Concursales de Murcia, S.L.P., con CIF B-73732315, con domicilio profesional en calle Carril de la Condomina, n.º 3, 7.ª E, Murcia 30006, Murcia, teléfono 968214437, fax 968223219, y dirección de correo electrónica concursoinmohouse@gmail.com.

3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la oficina de registro de la Ciudad de la Justicia.

5.º La concursada ha solicitado la liquidación. Habiéndose acordado su tramitación conforme lo establecido en el art. 142.

6.º La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://www.oficinajudicialmurcia.es/.

Murcia, 4 de marzo de 2015.- Secretario judicial.

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