Edicto
Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante, con sede en Elche, por el presente,
Hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 000577/2014, siendo la concursada Marullo Sucesores, S.L., con C.I.F. número: B-54043666 y N.I.G. 03065-66-2-2014-0000607, en el que se ha dictado sentencia de fecha 9-2-2015, que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos:
Que desestimo la oposición formulada a la conclusión y rendición de cuentas presentada por la Administración concursal, condena en costas en los términos del fundamento séptimo.
1.º Se declara concluso el concurso de acreedores de Marullo Sucesores, S.L.
2.º Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas. Cesa el Administrador concursal en su cargo.
3.º Se acuerda la extinción de Marullo Sucesores, S.L., decretándose la cancelación de sus hojas registrales de inscripción.
4.º Se aprueba la rendición de cuentas formulada conforme al art. 181 LC.
Elche, 20 de febrero de 2015.- El Secretario Judicial.
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