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Documento BOE-B-2015-6563

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 3 de marzo de 2015, páginas 8970 a 8970 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-6563

TEXTO

Edicto

Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

Anuncia

1. Que en el concurso número de Autos 759/14, con Número de Identificación General del procedimiento 28079 1 4172390 /2014, por Auto de 15 de diciembre de 2014, se ha declarado en concurso voluntario, tramitado como abreviado, a ASPRO 94, S.L., con CIF n.º B-808 38 105, y domiciliado en calle Raso de la Estrella, s/n, 28300 Aranjuez, Madrid.

Asimismo se ha acordado la apertura de la fase de liquidación y se ha declarado disuelta la mercantil ASPRO 94, S.L., con CIF n.º B-808 38 105, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.

2. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde el día que en que se les realice la comunicación por la Administración Concursal o bien en el supuesto de que no se haya realizado, desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso

3. Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración Concursal.

4. La identidad de la Administración Concursal es don PEDRO PRENDES CARRIL, DNI n. 10833445P, el domicilio postal de la misma calle Velázquez, n.º 94, 1.º, 28006 - Madrid, y la dirección electrónica concursal@prendesabogados.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC.

Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado se tendrá por no comunicado.

5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador presentando escrito de forma separada al de comunicación de crédito ante este Juzgado.

Madrid, 19 de diciembre de 2014.- La Secretaria judicial.

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