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Documento BOE-B-2015-6546

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 3 de marzo de 2015, páginas 8952 a 8953 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-6546

TEXTO

Doña María Aranzazu Alameda López, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 142/2015, en el que se ha dictado Auto declarando en estado de concurso a la entidad INCRYEN 2014, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto: Concurso Voluntario 142/2015 C5.

NIG del procedimiento: 08019 47 1 2014 80006823.

Entidad concursada: Incryen 2014, S.L., con CIF n.º B25441767.

Tipo de concurso: Voluntario ordinario.

Fecha del Auto de declaración: 10 de febrero de 2015.

Administrador concursal: Bufete Marroquin Abogados y Economistas, S.L.P., quien ha designado a don Víctor Marroquin Sagales, con correo electronico concursal@bufetemarroquin.com, dirección profesional en calle Bori i Fontesta, n.º 6, 5.º, 08201 - Barcelona, y teléfono n.º 932 01 35 11.

Auxiliar Delegado: Addvante Concursal, S.L.P., quien ha designado a don Enrique Faura Lluis, con correo electrónico concursal@addvante.com, domicilio profesional en Av. Diagonal, 482, 1.ª planta, 08006 - Barcelona, y número teléfono 934 15 88 77.

Facultades del concursado: Intervenidas.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración Concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de dos meses a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los Autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 18 de febrero de 2015.- Secretaria judicial.

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