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Documento BOE-B-2015-5947

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 26 de febrero de 2015, páginas 8140 a 8140 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-5947

TEXTO

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número sección y declaración concurso 0000631/2014, se ha dictado, en fecha 20 de enero de 2015, auto de declaración de concurso voluntario del deudor CENTRO TECNOLÓGICO E INDUSTRIAL DE EXTREMADURA, con CIF G-06503916, cuyo centro de intereses principales lo tiene en domicilio en Badajoz, calle Eladio Salinero de los Santos, número 1.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a José Javier Torrespereda, con domicilio postal en plaza Príncipe de la Paz, 1, 1.º, B, de Badajoz, y dirección electrónica señalada cetiex.concursoacreeedores@gmail.com, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la administración concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de crédito tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fín.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado".

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC), sin perjuicio de lo establecido para la representación y defensa de los trabajadores en la Ley de Procedimiento Laboral

Badajoz, 20 de enero de 2015.- La Secretaria Judicial.

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