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Documento BOE-B-2015-5817

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Segura, relativo a notificaciones de resoluciones formulados en diversos procedimientos sancionadores incoados por infracción al texto refundido en la Ley de Aguas.

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 24 de febrero de 2015, páginas 7981 a 7983 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2015-5817

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el art. 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de resolución formulada en los expedientes sancionadores siguientes, que no han podido ser notificados en el domicilio del interesado, por ser estos desconocidos, fallecido, por dirección incorrecta o bien, porque intentada la notificación no se ha podido realizar por ausente.

Expediente: D-19/2000 incoado contra Jacinto Ruiz Legaz, domiciliado en Torrevieja (Alicante), y con NIF: 03767264-W, por haber realizado obras consistentes en varios diques de tierra o pantanos limitando así el curso de las aguas por su cauce, así como la plantación de árboles, sin la preceptiva autorización. Se ordena el archivo del expediente como consecuencia de la caducidad de las mismas e instar al Servicio de la Guardería Fluvial a investigar los hechos a efectos de poder comprobar la persistencia de los mismos, formulando, en su caso, nueva denuncia.

Expediente: D-43/2000 incoado contra Aunor, UTE, domiciliado en Mula (Murcia), y con CIF: G-82510298, por haber realizado en la Bebedora, el depósito de 2.500 m3 de tierras, en Casa Terrones, el depósito de 2000 m3 de tierra y en el Puente Hierra haber colocado dos tubos de hormigón de 1 m de diámetro, habiéndose depositado unos 300 m3 de tierras sobre dichos tubos. Todo ello en la zona de dominio público hidráulico procedente de la construcción de la autovía del Noroeste y que en caso de avenidas pueden ser arrastradas por las aguas y ocasionar daños a terceros, sin la preceptiva autorización. Se ordena el archivo del expediente como consecuencia de la caducidad de las mismas e instar al Servicio de la Guardería Fluvial a investigar los hechos a efectos de poder comprobar la persistencia de los mismos, formulando en su caso, nueva denuncia.

Expediente: D-69/2000 incoado contra Sondeos Gyam, C.B., domiciliado en Fuente Álamo (Murcia), por haber realizado un sondeo con una máquina de percusión, sin la preceptiva autorización. Se ordena el archivo del expediente como consecuencia de la caducidad de las mismas e instar al Servicio de la Guardería Fluvial a investigar los hechos a efectos de poder comprobar la persistencia de los mismos, formulando, en su caso, nueva denuncia.

Expediente: D-76/2000 incoado contra Zoster, S.A., y con CIF: A-30029292, domiciliado en Zeneta (Murcia), por haber incumplido de la Tabla 1 del anexo al Título IV del Reglamento del Dominio Público, por el vertido de aguas residuales procedentes de esa empresa en la salida del Azarbe del Indiano, según toma de muestras de 28/02/00, sobrepasando el vertido que tiene autorizado. Se ordena el archivo del expediente como consecuencia de la caducidad de las mismas e instar al Servicio de la Guardería Fluvial a investigar los hechos a efectos de poder comprobar la persistencia de los mismos, formulando en su caso, nueva denuncia.

Expediente: D-85/2000 incoado contra Avícola Santa Ana, S.A., domiciliado en Cartagena (Murcia), por haber realizado el vertido de purines procedentes de 9 cebaderos sin impermeabilizar, sin la preceptiva autorización. Se ordena el archivo del expediente como consecuencia de la caducidad de las mismas e instar al Servicio de la Guardería Fluvial a investigar los hechos a efectos de poder comprobar la persistencia de los mismos, formulando en su caso, nueva denuncia.

Expediente: D-217/2000 incoado contra Samuel Roca Pineda, domiciliado en Crevillente (Alicante), y con DNI: 5028962-N por haber realizado el relleno de la segunda terraza hasta la altura de la tercera unos 10 m x 5 m de altura con el fin de igualarlas, afectando a las zonas de servidumbre y de policía de la Rambla Castellar, sin la preceptiva autorización. Se ordena el archivo del expediente como consecuencia de la caducidad de las mismas e instar al Servicio de la Guardería Fluvial a investigar los hechos a efectos de poder comprobar la persistencia de los mismos, formulando, en su caso, nueva denuncia.

Expediente: D-23/2001 incoado contra Combustible la Hita, S.L. domiciliado en Torre Pacheco (Murcia), y con CIF: B-30404735, por haber realizado la construcción de un sondeo, sin la preceptiva autorización. Se ordena el archivo del expediente como consecuencia de la caducidad de las mismas e instar al Servicio de la Guardería Fluvial a investigar los hechos a efectos de poder comprobar la persistencia de los mismos, formulando en su caso, nueva denuncia.

Expediente: D-24/2001 incoado contra Miguel Lozano Garre domiciliado en Torre Pacheco (Murcia), y con DNI: 22915645-D, por haber realizado la construcción de un sondeo, sin la preceptiva autorización. Se ordena el archivo del expediente como consecuencia de la caducidad de las mismas e instar al Servicio de la Guardería Fluvial a investigar los hechos a efectos de poder comprobar la persistencia de los mismos, formulando, en su caso, nueva denuncia.

Expediente: D-201/2001 incoado contra Rafael Montoya García domiciliada en Cabezo de Torres (Murcia), y con DNI: 22363884-H, por haber derivado aguas procedentes de la Acequia de Zaraiche primer tercio, para el riego de tierras de su propiedad, sin la preceptiva autorización. Se ordena el archivo del expediente como consecuencia de la caducidad de las mismas e instar al Servicio de la Guardería Fluvial a investigar los hechos a efectos de poder comprobar la persistencia de los mismos, formulando, en su caso, nueva denuncia.

Expediente: D-218/2001 incoado contra Antonio García Paños domiciliado en Ceutí (Murcia), y con DNI: 03121507-Q, por haber realizado la captación de aguas en el cauce de la rambla del Tinajón, con un camión marca Barreiros, matrícula MU-9700-F, con una cuba de unos 10.000 litros, sin la preceptiva autorización. Se ordena el archivo del expediente como consecuencia de la caducidad de las mismas e instar al Servicio de la Guardería Fluvial a investigar los hechos a efectos de poder comprobar la persistencia de los mismos, formulando, en su caso, nueva denuncia.

Expediente: D-123/2014 incoado contra José Antonio Martínez Suárez, domiciliado en Alicante, y con NIF: 22339860-Y, por haber realizado la construcción de una nave/recinto en la zona de policía de la margen izquierda del río Taibilla, en el Pol 14 Parc 225 del término municipal de Nerpio (Albacete), sin la correspondiente autorización de este Organismo. La sanción impuesta es de 2.000 euros y, se ordena la reposición del terreno a su estado anterior en el plazo de quince días, con apercibimiento de que de no realizarlo en el plazo establecido se procederá a su ejecución forzosa, mediante la imposición de multas coercitivas y/o la ejecución subsidiaria. Para el mantenimiento de las instalaciones denunciadas esta medida quedará a resultas de que se solicite autorización para su legalización, la cual se tramitará en un procedimiento diferente al presente sancionador.

Expediente: D-510/2014 incoado contra Francisco García Reverte, domiciliado en Lorca (Murcia), y con NIF: 23135934-G, por haber incumplido las condiciones de la autorización otorgada en el expediente IPR 97/1988 en relación con el aprovechamiento inscrito en el Registro de Aguas de este Organismo, sección C, tomo 10, hoja 1912, al haber extraído del mismo un volumen mayor del autorizado durante el año hidrológico 2011/2012, en la cantidad de 305.375 m3, sin la correspondiente autorización. Se ordena el archivo del expediente sancionador D-510/2014. Se ordena incoar nuevas actuaciones sancionadoras contra los integrantes de la C.B. La Comarca, como son Encarnación Zarco Mateos, Miguel Ruiz Molina, Susana Tudela Sánchez, Ana Parra Lloret y Juana Fernández Navarro, con domicilio social en Alameda de Cervantes, 12-6.º E, CP 30800, Lorca, Murcia, por haber incumplido las condiciones de la autorización otorgada en el expediente IPR 97/1988 en relación con el aprovechamiento inscrito en el Registro de Aguas de este Organismo, Sección C, Tomo 10, Hoja 1912, al haber extraído del mismo un volumen mayor del autorizado durante el año hidrológico 2011/2012, en la cantidad de 305.375 m3, causando daños al dominio público hidráulico cuantificados en 91.612,5 euros.

Contra tales resoluciones puede interponerse recurso potestativo de reposición en plazo de un mes, o contencioso-administrativo en plazo de dos meses, pudiendo recogerse copia de la resolución en dicho Organismo, c/ Mahonesas, 2, Murcia.

Murcia, 18 de febrero de 2015.- El Jefe de Área de Régimen de Usuarios, Francisco Cortés Vicente.

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