Está Vd. en

Documento BOE-B-2015-4837

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 17 de febrero de 2015, páginas 6650 a 6650 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-4837

TEXTO

Don Andrés Prada Horche, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en éste órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 000003/2015, se ha dictado en fecha 26 de enero de 2015, Auto de Declaración de Concurso Voluntario y de conclusión por insuficiencia de masa activa del deudor Baniela Núñez Promociones, S.L., con CIF: B-33579822, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Venancio Martínez, s/n, Navia (Asturias).

2.º Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el Procurador Sr. Torre Lorca, en nombre y representación de Baniela Núñez Promociones, S.L.

3.º Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, de Baniela Núñez Promociones, S.L.

4.º Se acuerda la conclusión del concurso de Baniela Núñez Promociones, S.L., por insuficiencia de la masa activa.

5.º Se acuerda la extinción de la mercantil Baniela Núñez Promociones, S.L.

6.º Se acuerda el libramiento de mandamiento por duplicado al Registro Mercantil con testimonio de la presente resolución, y que será diligenciado por el Procurador instante de este expediente, para la cancelación de la inscripción de la concursada en el citado Registro.

Modo de Impugnación:

1.-Contra la declaración de concurso cabe, por quien acredite interés legítimo, recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que no tendrá carácter suspensivo.

Oviedo, 26 de enero de 2015.- El Secretario Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid