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Documento BOE-B-2015-4826

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 17 de febrero de 2015, páginas 6639 a 6639 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-4826

TEXTO

Edicto

Dª. Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Murcia,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 545/2014 y NIG 30030 47 1 2014 0001195 se ha dictado en fecha 20 de enero de 2015 auto de declaración de concurso del deudor CALIXTO ALBALADEJO CAMPILLO, con DNI 29.057.722-M y del deudor MARÍA DE LOS ÁNGELES PASTOR ZAPATA, con DNI 22.970.072-H, con domicilio calle Río Sil, n.º 14, de Torrepacheco.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que quedan intervenidas por la Administración Concursal designada al efecto, mediante su autorización y conformidad.

Se ha designado, como administración concursal a concursal GÓMEZ ARNAU ASESORES, S.L.P., con domicilio postal en avenida Juan Carlos I, n.º 43, bajo, 30700 Torrepacheco, teléfono 968578877 y dirección electrónica concurso.calixtoalbaladejomariangelespastor@arnauasesores.com señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia.

5.º La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://www.oficinajudicialmurcia.es/.

Murcia, 22 de enero de 2015.- La Secretaria Judicial.

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