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Documento BOE-B-2015-36970

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 295, de 10 de diciembre de 2015, páginas 51357 a 51357 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-36970

TEXTO

Edicto

Don Andrés Prada Horche, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo, por el presente, hago saber:

Primero.-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número 259/15 se ha dictado en fecha 5 de noviembre de 2015 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Mateosan, S.L., CON CIF: B33758822, con domicilio: Polígono de Mora Garay, calle Isaac Peral y Caballero, nave 31, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Asturias.

Segundo.-La Deudora Mateosan, S.L., no conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, y será sustituida por el Administrador concursal.

Tercero.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administrador concursal designado, Juan José Astorgano Álvarez, la existencia de sus créditos, que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal en el siguiente domicilio postal: Calle del Rosal, número 61, bajo, 33009 - Oviedo, o en la siguiente dirección electrónica: secretaria@astorgano.com, y teléfono: 985 21 34 45, fax: 985 20 02 54, pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a una u otra, a su elección.

Dicha comunicación deberá efectuarse en el plazo de 15 días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, que se ha acordado publicar en el Boletín Oficial del Estado, El Comercio y el Registro Público Concursal, conforme al Auto de fecha 5 de noviembre de 2015.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal)

Quinto.-Se abre la fase de liquidación con todos sus pronunciamientos, dándose traslado por diez días del plan de liquidación a la Administración concursal.

Oviedo, 11 de noviembre de 2015.- El Secretario judicial.

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