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Documento BOE-B-2015-36277

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 289, de 3 de diciembre de 2015, páginas 50422 a 50422 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-36277

TEXTO

EDICTO

DON Luis Miguel Gonzalo Capellín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n° 2 de los de Barcelona y Provincia,

HAGO SABER: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 901/2015 en el que se ha dictado con fecha auto declarando en estado de concurso a la entidad TRANSPORTES FRIGORÍFICOS JOKER, S.L., con CIF B65989808 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

Nig del procedimiento: 08019-47-1-2015-8008412

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso

Concursada: TRANSPORTES FROGÍRIFICOS JOKER, S.L. con domicilio en Calle Longitudinal, nº 4, 22, 79 Zona Mercabarna de Barcelona.

Administrador concursal: Fides Auditores y Abogados, SLP, con domicilio en Barcelona Avda. Diagonal, nº 628, 2º 2ª con correo electrónico jcabezas@fidesgroup.es

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas) de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se Invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte, y, en su caso los datos regístrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resultan necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Dado en Barcelona a, 16 de noviembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia, Luis Miguel Gonzalo Capellín.

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