Está Vd. en

Documento BOE-B-2015-36267

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 289, de 3 de diciembre de 2015, páginas 50412 a 50412 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-36267

TEXTO

D/ña. Francisco Velasco García- Plata, Letrado de la Admón. de Justicia sust. del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 971/2015, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Fuñar, S.L. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 971/2015 Sección C1.

NIG del procedimiento.- 08019-47-1-2015-8008265.

Entidad concursada.- Fuñar, S.L., con CIF n.º B58888322.

Tipo de concurso.- Voluntario.

Fecha del auto de declaración.- 5 de noviembre de 2015.

Administrador concursal.- José Juan Andújar Santos, con domicilio profesional en Av. Gran Via de les Corts Catalanes, 643, 4.ª 08010 Barcelona, núm. de teléfono profesional 933426270, núm. de fax 933426271, con dirección electrónica concurso.funar@graellsandujar.es, designado por la sociedad Graells & Andújar, Administradores Concursales, S.L.P. nombrada administradora concursal.

Facultades del concursado.- Intervenidas.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 13 de noviembre de 2015.- El Letrado de la Admón. de Justicia sust.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid