José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra, hace saber:
Que en este Juzgado y con el número 660/2008-C-, se siguen autos de concurso voluntario de JOSÉ MANUEL LÓPEZ PÉREZ Y MARTA BEATRIZ CACHAFEIRO FRAIZ, en los que con fecha 12 de noviembre de 2015, ha recaído auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Se declara cumplido el convenio del deudor MARTA BEATRIZ CACHAFEIRO FRAIZ Y JOSÉ MANUEL LÓPEZ PÉREZ, aprobado por medio de sentencia de fecha 1 de septiembre de 2010, sin perjuicio del ejercicio por parte de cualquier acreedor de la acción de incumplimiento a que se refiere el artículo 140 de la Ley Concursal, en el plazo de 2 meses desde la publicación del presente auto.
Notifíquese la presente a las partes y désele la misma publicidad que a la sentencia de aprobación.
La presente resolución no es firme y contra ella cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de 5 días desde su notificación, previa la constitución de depósito por importe de 25 euros en la cuenta de consignaciones de este mismo Juzgado, domiciliada en la entidad Banesto.
Y para que conste expido el presente en
Pontevedra, 16 de noviembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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