Doña Virginia Montejo Labrada, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 6, en sustitución, anuncia:
En el procedimiento de concurso voluntario abreviado seguido en este Juzgado bajo el n.º 731/06, se ha dictado auto en fecha 24 de abril de 2014, acordando:
1.- Que debo aprobar y apruebo la rendición de cuentas final presentada por la Administración Concursal en el concurso de FUEGIA, S.A., con CIF B-83457697, y en consecuencia acuerdo la conclusión del presente procedimiento.
2.- La aprobación o la desaprobación de las cuentas no prejuzga la procedencia o improcedencia de la acción de responsabilidad de los administradores concursales. Se acuerda el cese de los miembros de la Administración Concursal.
3.- Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la entidad declarada en concursado y sobre los acreedores de la concursada.
4.- Se dispone la extinción y cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
Y para que sirva de publicidad en forma, expido el presente,
Madrid, 13 de noviembre de 2015.- Letrada Administración Justicia.
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