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Documento BOE-B-2015-36040

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 1 de diciembre de 2015, páginas 50125 a 50125 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-36040

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia: Que en el procedimiento número 136/13, incidente concursal 604/15, referente al deudor Gabriel Navarro e Hijos y Los Navarro de Jabugo, por Auto de fecha 17 de junio de 2015 se ha acordado lo siguiente:

1. La conclusión del proceso concursal de Gabriel Navarro e Hijos y Los Navarro de Jabugo, llevado en este mismo Juzgado con el n.º 136/13. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.

2. El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días.

3. La declaración de extinción de la sociedad Gabriel Navarro e Hijos y Los Navarro de Jabugo y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia.

Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.

4. Librar mandamientos al Registro Mercantil para dejar sin efecto las inscripciones que se hubieran podido practicar por la declaración de concurso, así como para la extinción de la sociedad y el cierre de su hoja registral, debiendo solicitar el instante del concurso cuantos otros les sean necesarios para otros registros públicos.

Sevilla, 21 de octubre de 2015.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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