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Documento BOE-B-2015-35699

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 28 de noviembre de 2015, páginas 49646 a 49646 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-35699

TEXTO

Don Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Admón. de Justicia sust. del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 823/2015, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad ALERTA BITS, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 823/2015, sección c2.

NIG del procedimiento.- 08019-47-1-2015-8004161.

Entidad concursada.- ALERTA BITS, S.L., con CIF B65513863.

Tipo de concurso.- Voluntario.

Fecha del auto de declaración.- 9.10.2015.

Administrador/es concursal/es.- Antonio García Marqués, con domicilio profesional en Rbla. Catalunya, 91-93, 4t. 3a., 08008 Barcelona, núm. de teléfono 934876545, núm. de fax 934961895 y con dirección electrónica: concursal@pgmic.com, designado por la sociedad nombrada administradora concursal PGM Iuris Consulting, S.L.P.

Facultades del concursado.- Intervenidas.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. también podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar des desde la última las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 15 de octubre de 2015.- Letrado de la Administración de Justicia sustituto.

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