Doña Aurelia Lorente Lamarca, Letrada de la Administración de Justicia de la Sección Tercera de la Sala Tercera del Tribunal Supremo,
Hace saber: Que en esta Sección se sigue recurso contencioso-administrativo bajo el n.º 1/160/2015, a instancia de la Procuradora D.ª Ascensión Peláez Díez, en representación de la Federación Estatal de Servicios para la Movilidad y el Consumo de UGT (SMC-UGT), contra Real Decreto 1082/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen especialidades para la aplicación de las normas sobre tiempos de conducción y descanso en el transporte por carretera desarrollado en islas cuya superficie no supere los 2.500 kilómetros cuadrados, habiéndose acordado por resolución de fecha 20 de noviembre de de 2015, la publicación del presente, conforme establece el art. 49.4 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, por el que se emplaza a Marcar Mecánica, S.L., que ha resultado desconocido en el domicilio c/ 16 de Julio, 18, Polígono Industrial Son Castelló, 07009 -Palma- Islas Baleares, por si tuviera interés legítimo en sostener la conformidad a derecho de la actuación recurrida, pudiendo personarse como demandado en el expresado recurso en el plazo de nueve días a partir de la notificación del presente.
Madrid, 20 de noviembre de 2015.- Letrada de la Administración de Justicia, Aurelia Lorente Lamarca.
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