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Documento BOE-B-2015-35262

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 24 de noviembre de 2015, páginas 49083 a 49083 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-35262

TEXTO

Letrado de la Adm. De Justicia D/ña José Vela Perez, del Juzgado Mercantil nº 6 de Barcelona

Hace saber:

Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 623/2015 se ha declarado, mediante auto de fecha 29/10/2015, el concurso voluntario de Korlan Quality, S.L., con nº de CIF B-65.805.251, domicilio social en Barcelona, Almogávares, 108, bajos, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso ordinario.

Los acreedores de los concursados deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado D/Dª Josep Puigvert Ibars (Alhos Concursal S.L.P.) por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en c. Tuset 32, 9º pl. 08006 Barcelona, número de teléfono 932404155, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal korlan.623-15@alhosgroup.com en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el B.O.E. del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa de los concursos referenciados se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 29 de octubre de 2015.- El Letrado de la Admón. de Justicia.

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