D. Joaquín Andrés Sancho, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente,
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 001491/2012, habiéndose dictado en fecha 23/07/15 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado -Juez del juzgado de lo mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
Acuerdo:
1 Se declara la conclusión del concurso abreviado voluntario tramitado en este juzgado bajo el número de procedimiento 001497/2012, promovido por el/la procurador/a Sr/ a García Miquel Gema, en nombre y representación de la mercantil CARBOPROTEC, S.L., y el ARCHIVO de las presentes actuaciones sin más trámite.
2 Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
3 Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D/Dª MARIA EUGENIA RAUSELL MONTALT, con DNI Nº 33454370L, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.
4 Se acuerda declarar la extinción de la mercantil CARBOPROTEC, S.L., con C.I.F. B97635429, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno ( Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.
5 Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 31/03/15.
Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC, expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita ( Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, u asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al/ la Procurador/a de la concursada GARCIA MIQUEL, GEMA a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días, a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaría de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.
Llévese el original al libro de Autos Definitivos, dejando copia testimoniada en su lugar, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2ª del concurso.
Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno 8 art. 177.1 LC).
Valencia, 23 de julio de 2015.- Secretario judicial.
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