Edicto
D. Jorge González Rodríguez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal, hago saber:
Primero: Que por Auto de fecha 24-09-2015, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado nº 000471/2013, N.I.G. 12040-66-2-2013-0000531, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del Concurso Voluntario y abreviado que se ha seguido frente al deudor "Federacion Provincial de Comercio Artesanado y Servicios de Castellón", domiciliado en Avenida Valencia, 44 a CS y C.I.F./D.N.I número G-12042396.
Segundo: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas:
1º-. El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, este quedara responsable del pago de los créditos restantes pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso de acreedores.
2º.- El cese en su cargo del administrador concursal aprobándose las cuentas formuladas.
3º.- La extinción de la mercantil y el cierre de su hoja registral.
Castellón, 28 de octubre de 2015.- Secretario Judicial.
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