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Documento BOE-B-2015-34363

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 275, de 17 de noviembre de 2015, páginas 47940 a 47940 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-34363

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso

D. Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Admón. de Justicia sust. del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 766/2015, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Barciprat, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 766/2015 Sección C4

Nig del procedimiento.- 08019 - 47 - 1 - 2015 - 8006639

Entidad concursada.- Barciprat, S.L, con CIF nº B62333471

Tipo de concurso.- voluntario

Fecha del auto de declaración.- 25 de septiembre de 2015.

Administrador/es concursal/es.- La sociedad Imo Consultores y Auditores SLP, que designa a Antonio Jurado Salazar, (economista), único, con correo electronico ajurado@imo-asesoria.es, domicilio Rbla. Catalunya 50 1º 2ª 08007 Barcelona (Barcelona), y nº de teléfono 932158960

Facultades del concursado.- intervenidas

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio, y demás datos de identidad del acreedore, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Loas acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 3 de noviembre de 2015.- El Letrado de la Admón. de Justicia sust.

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