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Documento BOE-B-2015-34001

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 273, de 14 de noviembre de 2015, páginas 47441 a 47441 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-34001

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia

Primero. Que en el procedimiento número 643/2015, por Auto de 29 de septiembre de 2015 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Quatripole Ingeniería, S. L., CIF b84792159, con domicilio en calle Sierra Elvira, número 23, polígono industrial El Álamo, Madrid, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 22940, libro 0, folio 138, sección 8, hoja M-410848.

Segundo. Que el deudor conservará las facultades de administración y disposición de su patrimonio, quedando sometido al ejercicio de éstas a la intervención del Administrador concursal.

Tercero. Los acreedores de los concursados deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

La comunicación de créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por la Administración Concursal nombrada, don Antonio López Mangudo, con despacho profesional en Madrid, calle Cantabria, 8 B, San Agustín de Guadalix. 28780 - Madrid, por presentación o remisión por correo certificado o bien por correo electrónico a alopezconcursal@cemad.es.

No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado.

Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación del edicto que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

Cuarto. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Madrid, 29 de septiembre de 2015.- El/la Secretario/a judicial.

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