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Documento BOE-B-2015-33887

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 272, de 13 de noviembre de 2015, páginas 47302 a 47303 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2015-33887

TEXTO

EDICTO

En el presente procedimiento procedimiento ordinario 1503/2006 seguido a instancia de don Manuel Salvatierra Caballero, ahora herederos de don Manuel Salvatierra Caballero, don Antonio Velázquez Martínez y doña Isabel Soto Giraldo frente a Caixabank, S.A., don Antonio Bolaños Rodríguez y doña Belén Cuesta Rodríguez y Secoan, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 229/14

En la Ciudad de Sevilla, a cuatro de diciembre de dos mil catorce.

El Iltmo. Sr. don Fernando García Campuzano, Magistrado-Juez de Primera Instancia núm. 18 de Sevilla y su Partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 1503/06-5F, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante don Manuel Salvatierra Caballero, don Antonio Velázquez Martínez y doña Isabel Soto Giraldo, representada por el Procurador don Francisco Ruiz Crespo y de otra como demandado La Caixa, representado por el Procurador don Jesús Escudero García y de otra don Antonio Bolaños Rodríguez y doña Belén Cuesta Rodríguez, representado por la Procuradora doña Rosa Baena Jiménez y contra Secoan, y,

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FALLO

Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador don Francisco de Paula Ruiz Crespo, en la representación que ostenta, contra Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona La Caixa, don Antonio Bolaños Rodríguez, doña Belén Cuesta Rodríguez y Servicios y Construcciones de Andalucía, Sociedad Limitada, debo absolver y absuelvo a éstos de la misma, con imposición a la parte actora de las costas procesales.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación, que se deberá interponer por escrito ante este Juzgado en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente a su notificación. Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50,00 euros, debiendo la parte que lo interponga ingresarlo en la cuenta de este Juzgado, concertada con el Banco Español de Crédito, S.A., al núm. 4090.0000.04.1503.06, Oficina 4325, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.° de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Únase la presente al Libro de Sentencias, quedando testimonio en las actuaciones.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES DE ANDALUCÍA, S.L. (SECOAN), en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

Sevilla, 1 de junio de 2015.- El Secretario judicial.

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