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Documento BOE-B-2015-33804

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 271, de 12 de noviembre de 2015, páginas 47194 a 47194 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-33804

TEXTO

Edicto

D.ª M.ª Luisa Pariente Vellisca, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal.

Anuncia:

1. Que en el concurso número de autos 627/15 con Número de Identificación General del procedimiento 28079 1 4187675 /2015, por auto de 30 de octubre de 2015, se ha declarado en concurso voluntario, tramitado como abreviado, a CLIMATIZACIÓN Y FONTANERIA AGEN, S.L. con CIF n.º B84182377 y domicilio sito en calle Julián Grimau, n.º 23, de Mejorada del Campo (Madrid).

Asimismo se ha acordado la apertura de la fase de liquidación y se ha declarado disuelta la mercantil CLIMATIZACIÓN Y FONTANERÍA AGEN, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal

2. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde el día que en que se les realice la comunicación por la administración concursal o bien en el supuesto de que no se haya realizado, desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso.

3. Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la administración concursal.

4. La identidad de la administración concursal es D. ANTONIO CORTES BORGES, el domicilio postal de la misma es calle Lagasca, n.º 127, local, CP 28006 Madrid, y la dirección electrónica:

cortesborgesabogados@hotmail.com

Ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, haciéndoseles saber que los presentados en este juzgado se tendrán por no comunicados. Las comunicaciones de créditos efectuadas ante este Juzgado se tendrán por no realizadas.

5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de abogado y procurador presentando escrito de forma separada al de comunicación de crédito ante este Juzgado.

En Madrid, 30 de octubre de 2015.- La Letrado de la Administracion de Justicia.

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