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Documento BOE-B-2015-32538

CUENCA

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 31 de octubre de 2015, páginas 45428 a 45428 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-32538

TEXTO

D.ª Marta María Martínez González, Secretaria Judicial del Jdo.de 1.ª Inst. e Instrucción n.º 2 de Cuenca, por el presente, hago saber:

1º Que en sección I Declaración Concurso 496/2015 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 28 de septiembre de 2015, auto de declaración de concurso voluntario de la mercantil Trio Comunicaciones, S.L., con CIF B-02319192, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle San Nicolás, 2, 1.º B, San Clemente.

En dicho auto se ha acordado:

La suspensión de las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley Concursal.

Nombrar como administrador concursal a D. Jesús Fernández Fernández, con domicilio profesional en calle Carretería, nº 1, Cuenca y dirección de correo electrónico: direccion@fernandezyfernadez.es.

Que se ha procedido a la sustitución respecto del deudor por solicitud de concurso voluntario con petición simultánea de liquidación que ha sido declarado.

El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes, desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Cuenca, 6 de octubre de 2015.- Secretaria Judicial.

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