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Documento BOE-B-2015-32312

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 259, de 29 de octubre de 2015, páginas 45126 a 45126 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-32312

TEXTO

EDICTO

Dña. Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercanti n.º 2 de Alicante, por el presente,

Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado 000460/2006-MJ, sobre declaración de concurso de la mercantil HORVECAM, S.L.,con domicilio en Carretera de Murcia a Alicante, km 680,200, La Aparecida (Orihuela), Alicante, y C.I.F. número B-30560890, se ha dictado resolución de esta fecha, que contiene, entre otros, los siguiente pronunciamientos:

Parte Dispositiva

1.- Acuerdo:

1.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.

2.-Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente,salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.

3.-Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondientes mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.

4.- Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal.

5.- Cesar la Administración concursal en el ejercicio de su cargo.

6.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.

Modo de impugnación: no cabe recurso alguno.

Asi por este Auto, lo pronuncia, manda y firma D. Salvador Calero García, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante. Doy fe.

El Magistrado-Juez, La Secretaria

Y para que sirva de publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente.

Alicante, 31 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.

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