El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla anuncia:
1.-Que en el procedimiento concursal numero Apertura Sección 1704.05/2013 se ha dictado el 25 de junio de 2015 sentencia aprobando judicialmente convenio propuesto por HORNO SAN BUENAVENTURA, SL, y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 19 de marzo de 2015.
2.-La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido a aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de las normas que regulan los convenios y la adhesión en la LC.
El convenio esta de manifiesto en la Secretaria del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.
3.-Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla que debe prepararse mediante escrito en este Juzgado de lo Mercantil en el plazo de veinte días computándose desde la ultima publicación de este Edicto.
Sevilla, 29 de junio de 2015.- El/la secretario judicial.
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