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Documento BOE-B-2015-31862

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 256, de 26 de octubre de 2015, páginas 44523 a 44523 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-31862

TEXTO

D. Rafael Villar Herrera, Letrado de la Admón. de Justicia de la UPAD del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos de concurso voluntario abreviado seguidos en este órgano judicial con el n.º 0000197/2015 y NIG n.º 13034 41 1 2015 0003304 se ha dictado con fecha 13/10/15 Auto de Declaración de Concurso Voluntario de la entidad deudora Procoman y Salas, S.L., con CIF: B-13.427.091, y domicilio en calle Esperanza, núm. 24, de Valdepeñas (Ciudad Real).

2.º Que, al propio tiempo y en la misma resolución, conforme a lo preceptuado en el artículo 176 bis.4 de la Ley Concursal, se ha declarado la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa para la satisfacción de los previsibles créditos contra la misma, quedando el deudor responsable de sus créditos, pudiendo los acreedores iniciar sus ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.

3.º Como consecuencia de la conclusión del concurso por insuficiencia de masa, se ha acordado igualmente el cierre de la hoja de la inscripción de la persona jurídica en el Registro Mercantil de Ciudad Real.

Ciudad Real, 13 de octubre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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