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Documento BOE-B-2015-30045

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 8 de octubre de 2015, páginas 41993 a 41993 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-30045

TEXTO

EDICTO

D.ª Verónica Calvo Moreno, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia

1.º- Que en el procedimiento número 614/15, por auto de 18 de septiembre de 2015 se ha declarado en concurso voluntario abreviado con apertura de liquidación al deudor Complex Labs Knowledge Solutions, SL, CIF nº B-82741117, con domicilio en Calle Virgilio 2B, Edificio 3, Ciudad de la Imagen, Centro Empresarial ARco, Pozuelo de Alarcón.

2.º- Que el deudor ha sido suspendido de las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.

3.º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, a través de su relación directa con el mismo, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 LC.

Los datos de la administración concursal son los siguientes:

Doña María Eugenia López Fidalgo

con despacho profesional en Madrid, Paseo de la Castellana, 95, planta 20, 28046,

teléfono 91 456 34 00/608 103 445

dirección electrónica administracionconcursal@kpmg,es

fax 91 555 01 32

La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la Administración concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el "Boletín Oficial del Estado".

No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna.

4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Madrid, 18 de septiembre de 2015.- Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 8 de Madrid.

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