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Documento BOE-B-2015-30030

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 8 de octubre de 2015, páginas 41977 a 41977 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-30030

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso.

Doña Mari Carmen Fernández Hidalgo, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 740/2015, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a Keren Vila Masana y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número del asunto.- Concurso voluntario 740/2015 Sección C2.

NIG del procedimiento.- 08019 - 47 - 1 - 2015 - 8006444.

Entidad concursada.- Keren Vila Masana, con DNI numero 46812943-P. Tipo de concurso.- voluntario consecutivo.

Fecha del auto de declaración.- 1 de setiembre 2015.

Administrador concursal.- Miguel Solsona Tres, con domicilio social en calle Sant Jaume, 11, local A, 08192 Sant Quirze del Valles (Barcelona), teléfono número 93 721 13 45, fax número 93 721 14 05 y correo electrónico: miquel@associats.com

Facultades del concursado.- suspendido.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley Concursal.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración Concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador o que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 3 de septiembre de 2015.- La Secretaria en sustitución.

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