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Documento BOE-B-2015-29404

ESTEPONA

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 3 de octubre de 2015, páginas 41108 a 41108 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2015-29404

TEXTO

Edicto

Don Antonio Sáenz Morejón, Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Estepona,

Hago saber:

Que en este Juzgado se sigue el procedimiento expediente dominio para la reanudación tracto sucesivo n.º 123/2012, a instancia de ISRAEL BLANCO GARCÍA. La finca de que se trata es la siguiente: Inmueble urbano de Estepona inscrito como finca n.º 7.835 del Registro de la Propiedad n.º 1 de Estepona al tomo 217, libro 103, folio 239. Ubicación: C/ Escaño, Bloque 1, primero izquierda.

Su descripción registral es la siguiente: Piso número tres, de la casa demarcada con la letra D-1, sita en el término municipal de Estepona, partido de Cañada Honda. Está situado en la planta segunda. Se compone de vestíbulo, comedor-estar, tres dormitorios, aseo completo, despensa y cocina. Su superficie útil, es de sesenta y siete metros, treinta y tres decímetros cuadrados. Tiene su entrada por una puerta que hay a la izquierda, conforme resulta subiendo por la escalera; y con arreglo a esta entrada, linda, izquierda, entrando con terrenos de Acinipo, S.A., que separa este edificio, de otro de la misma entidad, demarcado con la letra C, derecha, con terrenos de Acinipo, S.A., que separa este edificio de otro propio de la misma Entidad el demarcado con la letra D-2; espalda, con terrenos de Acinipo, S.A., que separa este edificio de terrenos de doña Ana García Moreno, hoy de Acinipo, S.A., y frente, caja de escalera y piso número cuatro. Pisa sobre el piso número uno, y sobre él lo hace el piso número cinco. Su valor en relación con el total del inmueble se estima en dos enteros ochenta y cuatro centésimas por ciento y a efectos de distribución de beneficios y cargas le corresponde igual porcentaje en los elementos comunes del edificio.

Por el presente y en virtud de lo acordado en resolución de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

Estepona, 15 de septiembre de 2015.- El Secretario Judicial.

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