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Documento BOE-B-2015-2905

Resolución del Departamento de Empresa y Empleo Servicios Territoriales en Girona Sección de Actividades Radioactividades y Extractivas y Energía, EMO / / 2014, de 22 de diciembre de 2014, por la que se otorga a la empresa cedente Exproyect, S.L., la transmisión de la titularidad de las instalaciones asociadas a la red de distribución de gas licuado del petróleo (GLP) en el término municipal de Vilamalla, en favor de la empresa adquirente Gas Natural Distribución SDG, S.A., así como otorgar a Gas Natural Distribución SDG, S.A., la autorización administrativa para el suministro y la distribución de GLP en el término municipal de Vilamalla (Exp. 28718/2009-G).

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 31 de enero de 2015, páginas 4044 a 4046 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2015-2905

TEXTO

Relación de hechos

1. El 19 de septiembre de 2014, la empresa Gas Natural Distribución SDG, S.A., con domicilio social en la plaza del Gas, 1, de Barcelona, representada por el señor Juan Manuel Belda Martínez, solicita la autorización administrativa para la adquisición, a la entidad mercantil Exproyect, S.L., de la actividad y las instalaciones asociadas a la distribución de gas licuado del petróleo, en adelante GLP, en el núcleo urbano de Vilamalla.

La solicitud está avalada y firmada por la conformidad y el consentimiento del titular de las instalaciones, Exproyect, S.L., con domicilio social en la calle Pompeu Fabra, 13, de Manresa, representada por la señora María Emilia Borrallo, a realizar la transmisión de sus derechos y activos de distribución a Gas Natural Distribución SDG, S.A.

Se acompaña a la solicitud de autorización de transmisión de titularidad, la siguiente documentación:

a. Copia del contrato de compraventa de los activos asociados a la distribución de GLP en el núcleo urbano de Vilamalla, firmado por los representantes antes mencionados.

b. Plano director de la red de distribución del núcleo urbano de Vilamalla.

c. Copia del certificado de dirección y finalización de obra de las instalaciones del centro de almacenamiento y red de gas propano canalizado, con la resolución de autorización administrativa correspondiente, del núcleo urbano de Vilamalla.

d. Copia del certificado de revisión periódica de la instalación de almacenamiento de GLP en depósitos fijos emplazada en el núcleo urbano de Vilamalla, emitido por la empresa instaladora Energía Servéis i Noves Tecnologies, S.A., el 9 de abril de 2013.

e. Copia del informe técnico de reseguimíento, detección y localización de fugas en la red de distribución de GLP del núcleo urbano de Vilamalla, emitido por la empresa Raymond Biesold, S.L., durante el mes de junio de 2014.

2. Las características iniciales de las instalaciones objeto de la transmisión de titularidad están reflejadas en la resolución de autorización administrativa y aprobación de proyecto ejecutivo para el suministro de GLP al núcleo urbano de Vilamalla, emitida por los Servicios territoriales de Girona el 11 de febrero de 2011.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 46 bis de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, modificada por la Ley 12/2007, de 2 de julio, establece que la transmisión de las instalaciones de almacenamiento y distribución de GLP y las canalizaciones necesarias para el suministro deberán ser autorizadas por la administración competente.

2. El artículo 45 de la Ley 34/1998, determina las condiciones que deben reunir para realizar la actividad de operador al por mayor de GLP.

3. La Instrucción 11/2012, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, establece las normas de aplicación para la transmisión de la titularidad de las instalaciones y autorización de cambio de gas combustible.

Vista y analizada la documentación aportada por las partes, cumplidos los trámites administrativos que se prevén en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.

Resuelvo,

1. Otorgar a la empresa cedente Exproyect, S.L., la transmisión de la titularidad de las instalaciones de almacenamiento y la red de distribución de GLP del núcleo urbano de Vilamalla, en favor de la empresa Gas natural Distribución SDG, S.A.

2. Otorgar a la empresa Gas Natural Distribución SDG, S.A., la autorización administrativa para el suministro y la distribución de GLP en el núcleo urbano de Vilamalla, de acuerdo con las especificaciones del proyecto técnico aprobado, las condiciones y en términos fijados en la resolución, mencionadas en el apartado 2 de la relación de hechos de esta resolución.

Esta autorización administrativa se otorga sometida a las condiciones generales que prevén la Ley 34/1998, de 7 de octubre, modificada por la Ley 12/2007, de 2 de julio; el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, modificado por el Real Decreto 942/2005, de 28 de julio, y bajo las siguientes condiciones especiales:

a) El funcionamiento de estas instalaciones se somete a lo establecido en la Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial, el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles" gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado por Real Decreto 919/2006, de 28 de julio; el Decreto 120/1992, de 28 de abril, por el que se regulan las características que deben cumplir las protecciones a instalar entre redes de diferentes suministros públicos que discurren por el subsuelo, y la Orden de 5 de julio de 1993, que lo desarrolla; los-otros reglamentos técnicos específicos que le sean de aplicación así como las disposiciones que le puedan ser de aplicación a todos los efectos.

b) Exproyect, S.L., enviará a la empresa adquirente, Gas Natural Distribución SDG, S.A., toda la información necesaria para ejercer la actividad de distribución de gas y asegurar el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones para garantizar que en todo momento se cumplen las condiciones reglamentarias de seguridad.

c) Gas Natural Distribución SDG, S.A., presentará ante el órgano territorial competente, en un plazo no superior a tres meses, la solicitud de autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución del cambio de gas combustible, de acuerdo con lo previsto en la Instrucción 11/2012 antes mencionada, junto con la" documentación correspondiente, que incluirá:

• El plan de comunicación dirigido a los usuarios y al respectivo Ayuntamiento, así como la información relativa al servicio de atención al usuario, averías y urgencias.

• El proyecto técnico ejecutivo de transformación a gas natural de las redes de distribución, con las operaciones a realizar para llevar a cabo la transformación de redes de GLP a gas natural, las actuaciones a realizar en las instalaciones receptoras, el calendario de actuaciones y los procedimientos asociados a la baja de los centros de almacenamiento de GLP.

Esta autorización administrativa se otorga sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones, licencias y otros permisos de competencia municipal, provincial u otros, que sean necesarios para la realización de las instalaciones autorizadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada, ante el director general de Energía, Minas y Seguridad Industrial, en el plazo de un mes a partir de la fecha de su notificación, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que sea procedente.

Este recurso se podrá presentar en la sede de los Servicios Territoriales de Girona (Plaça Pompeu Fabra, 1, 17002 Girona) o en la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial (c/ Pamplona, 113, 08018 Barcelona).

Girona, 22 de diciembre de 2014.- Director de los Servicios Territoriales de Girona, Ferran Roquer i Padrosa.

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