D,ª Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente,
Hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número de Concurso Abreviado 103/2015, se ha dictado en fecha 13-07-2.015 Auto de Conclusión con el siguiente literal;
1.- Declarar la conclusión del concurso de la mercantil ACTIVIDADES MAR MENOR, S.L., con CIF B-73364879 por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, así como su extinción como personalidad juridica.
2.- Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución expidiendo los despachos revistos en los art. 177.3 y 178.3 de la Ley Concursal acordando la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Publicos.
3.- Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.
4.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes
MODO DE IMPUGNACIÓN: no cabe recurso alguno.
Murcia, 11 de septiembre de 2015.- La Secretaria Judicial.
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