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Documento BOE-B-2015-27437

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 220, de 14 de septiembre de 2015, páginas 38329 a 38329 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-27437

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso

Doña María Aránzazu Alameda López, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 589/2015, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad TEXTILES Y DERIVADOS, S.A., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- concurso voluntario 589/2015 sección C2.

NIG del procedimiento.- 08019 – 47 – 1 – 2015 – 8005159.

Entidad concursada.- TEXTILES Y DERIVADOS, S.A., con CIF nº A08333205, domicilio en C. Josep Calvet, 64-80, local 2, Mataró.

Tipo de concurso.- Voluntario.

Fecha auto de declaración.- 25.06.2015

Administrador/es concursal/es.- Carmen Fernández Sánchez, con domicilio profesional en Av. Diagonal, 361, ppal. 2ª, 08037 Barcelona, núm. de teléfono 934876050, núm. de fax 933185165, y dirección electrónica: concursal@cecamagan.com, designado por la sociedad nombrada administradora concursal CECA MAGAN ABOGADOS, SLP.

Facultades del concursado.- Intervenido.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme art. 85 LC.- los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrán efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedore, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Dado en Barcelona, 1 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.

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