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Documento BOE-B-2015-2729

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 31 de enero de 2015, páginas 3798 a 3798 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-2729

TEXTO

Secretario judicial don José Vela Perez, del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona,

Hace saber:

Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 654/2014 se ha declarado, mediante auto de fecha 22 de diciembre de 2014, el concurso voluntario de Copistería LLeida, S.L., con CIF B61542494 y domicilio en Igualada, calle Doctor Coca, 4-6, bajos, en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado doña Laura Pedreño por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del Administrador concursal, sito en calle Provenza, 238, 2.º, 1.ª, o en la dirección electrónica designada por el Administrador concursal laura@pedreno.es en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa de los concursos referenciados se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 5 de enero de 2015.- El Secretario judicial.

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