Juzgado de Primera Instancia número 6 de Orihuela
Doña Elena Román García
Hago saber: Se tramita en este Juzgado de mi cargo y bajo el cardinal numero 1097/2013 procedimiento sobre extravío de letras de cambio instado por el procurador don Francisco Javier Maseres Sánchez, en nombre e interés de Antonio Lorente Ortuño, Sociedad Limitada, quien formuló denuncia de extravío de las letras de cambio que a continuación se describen:
Acreedor: Luis Rodríguez Muries, vencimiento: 13/12/1993, fecha de libramiento: 19 de octubre de 1993, importe 12.020,24 euros, letra de cambio con serie: ob, serie: 0636599, la firmante y obligados al pago son doña María del Carmen Patiño Ferrer, don Juan Pedro Martínez Andreu y doña María Cecilia Muñoz Pérez.
Acreedor: Luis Rodríguez Muries, vencimiento: 13/12/1994, fecha de libramiento: 19 de octubre de 1993, importe 12.020,24 euros, letra de cambio con serie: ob, serie: 0636600, los firmantes y obligados al pago son doña María del Carmen Patiño Ferrer, don Juan Pedro Martínez Andreu y doña María Cecilia Muñoz Pérez.
Acreedor: Luis Rodríguez Muries, vencimiento: 13/12/1994, fecha de libramiento: 19 de octubre de 1993, importe 12.020,24 euros, letra de cambio con serie: ob, serie: 0636600, los firmantes y obligados al pago son doña María del Carmen Patiño Ferrer, don Juan Pedro Martínez Andreu y doña María Cecilia Muñoz Pérez.
Acreedor: Luis Rodríguez Muries, vencimiento: 13/12/1995, fecha de libramiento: 19 de octubre de 1993, importe 12.020,24 euros, letra de cambio con serie: ob, serie: 0636601, los firmantes y obligados al pago son doña María del Carmen Patiño Ferrer, don Juan Pedro Martínez Andreu y doña María Cecilia Muñoz Pérez.
Acreedor: Luis Rodríguez Muries, vencimiento: 13/12/1996, fecha de libramiento: 19 de octubre de 1993, importe 12.020,24 euros, letra de cambio con serie: ob, serie: 8002603, los firmantes y obligados al pago son doña María del Carmen Patiño Ferrer, don Juan Pedro Martínez Andreu y doña María Cecilia Muñoz Pérez.
Acreedor: Luis Rodríguez Muries, vencimiento: 13/12/1997, fecha de libramiento: 19 de octubre de 1993, importe 12.020,24 euros, letra de cambio con serie: ob, serie: 8002602, los firmantes y obligados al pago son doña María del Carmen Patiño Ferrer, don Juan Pedro Martínez Andreu y doña María Cecilia Muñoz Pérez.
Acreedor: Luis Rodríguez Muries, vencimiento: 13/12/1998, fecha de libramiento: 19 de octubre de 1993, importe 12.020,24 euros, letra de cambio con serie: ob, serie: 8002601, los firmantes y obligados al pago son doña María del Carmen Patiño Ferrer, don Juan Pedro Martínez Andreu y doña María Cecilia Muñoz Pérez.
Acreedor: Luis Rodríguez Muries, vencimiento: 13/12/1999, fecha de libramiento: 19 de octubre de 1993, importe 12.020,24 euros, letra de cambio con serie: ob, serie: 8888608, los firmantes y obligados al pago son doña María del Carmen Patiño Ferrer, don Juan Pedro Martínez Andreu y doña María Cecilia Muñoz Pérez.
Acreedor: Luis Rodríguez Muries, vencimiento: 13/12/2000, fecha de libramiento: 19 de octubre de 1993, importe 12.020,24 euros, letra de cambio con serie: ob, serie: 0424817, los firmantes y obligados al pago son doña María del Carmen Patiño Ferrer, don Juan Pedro Martínez Andreu y doña María Cecilia Muñoz Pérez.
Acreedor: Luis Rodríguez Muries, vencimiento: 13/12/2001, fecha de libramiento: 19 de octubre de 1993, importe 12.020,24 euros, letra de cambio con serie: ob, serie: 0424816, los firmantes y obligados al pago son doña María del Carmen Patiño Ferrer, don Juan Pedro Martínez Andreu y doña María Cecilia Muñoz Pérez.
Acreedor: Luis Rodríguez Muries, vencimiento: 13/12/2002, fecha de libramiento: 19 de octubre de 1993, importe 12.020,24 euros, letra de cambio con serie: ob, serie: 0424815, los firmantes y obligados al pago son doña María del Carmen Patiño Ferrer, don Juan Pedro Martínez Andreu y doña María Cecilia Muñoz Pérez.
Y en cumplimento de lo resuelto, se acuerda publicar la indicada denuncia en el BOE fijando un plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación para que el tenedor del título, pueda comparecer en estos autos y formular oposición, todo ello conforme a lo prevenido por el artículo 85 y concordantes de la Ley Cambiaria y del Cheque.
Orihuela, 11 de noviembre de 2014.- La Secretaria Judicial.
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