Por razones de economía, celeridad y eficacia administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Pasaia, en su sesión de 30 de junio de 2015, ha adoptado el acuerdo de delegar en el Sr. Director la competencia para acordar el desahucio administrativo de las embarcaciones deportivas atracadas en las instalaciones náutico-recreativas situadas en la dársena que no cuenten con la correspondiente autorización para la ocupación del dominio público.
Pasaia, 24 de julio de 2015.- El Presidente, D. Ricardo Peña Quintela.
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