Edicto
El Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Que en el procedimiento número 26/12-M por auto del día de la fecha se ha acordado la conclusión y archivo del proceso concursal de la entidad deudora Electricidad Sanpor, S.A., con CIF- A-15081979 y domicilio social en c/ Nuestra Señora de Fátima, núm. 8, Bajo, A Coruña, por fin de la fase de liquidación y archivar las presentes actuaciones con los siguientes efectos:
1. Cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
2. El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
3. Procederá la extinción de la entidad Electricidad Sanpor, S.A. y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto expídase mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de A Coruña.
Y aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución.
La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 LC y se publicará en el BOE.
Contra la presente resolución no cabrá interponer recurso alguno.
Así lo acuerda manda y firma S.S.ª; doy fe.
A Coruña, 10 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.
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