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Documento BOE-B-2015-24857

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 5 de agosto de 2015, páginas 34525 a 34525 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-24857

TEXTO

Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber:

Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 467/2015 en el que se ha dictado con fecha auto declarando en estado de concurso a la entidad IMSPORT, S.A., con CIF: A58383944 y mandando darle publicidad con los siguientes datos: NIG del procedimiento: 08019 – 47 – 2015 – 8004423.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la Administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: Imsport, S.A., con domicilio en calle Violante de Hungría, número 64-66, bajos, de Barcelona.

Administrador concursal: Don Octavio Gracia Chamorro, en representación de THINK IT LEGAL, SLP, con domicilio en Avd. Vía Augusta, n.º 48-54, 5.º, 3.ª, de Barcelona, con correo electrónico imsport@thinkitlegal.com

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme el art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento. Características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaria Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 15 de junio de 2015.- El Secretario Judicial.

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