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Documento BOE-B-2015-24524

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 3 de agosto de 2015, páginas 34086 a 34086 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-24524

TEXTO

Don Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal 254/2015, seguido a instancias de la Procuradora Dña. Noemi Arencibia Sarmiento, en nombre y representación de JUJIPE, S.L., se ha dictado Auto el día 7 de Julio de 2015, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de JUJIPE, S.L., con CIF nº B35868728, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designa como Administradora del concurso a Dña. Minerva Iizquierdo Ropero, Abogada, la cual ha designado como domicilio postal el de la Calle Francisco Gourié, nº 101, 6º A, CP 35002 de Las Palmas de Gran Canaria, Telefono 971228598, fax 971228576 y correo electrónico concurso254@gmail.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 22 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.

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