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Documento BOE-B-2015-24293

VITORIA

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 1 de agosto de 2015, páginas 33782 a 33782 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-24293

TEXTO

El UPAD Mercantil-Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Vitoria-Gasteiz, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 382/2015 por auto de 7 de julio de 2.015 se ha declarado el concurso voluntario de IDEO WATER TECHNOLOGIES, RESEARCH AND MANAGEMENT, S.L., CIF B01503770 y conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa, cuya parte dispositiva es la siguiente:

DISPONGO

1º) Se declara en CONCURSO VOLUNTARIO a la Mercantil IDEO WATER TECHNOLOGIES, RESEARCH AND MANAGEMENT, S.L., constituida por tiempo indefinido, el 11.02.2012, inscrita en el Registro Mercantil de Álava al Tomo 1519, folio 160, sección 8, hoja VI-16158, con domicilio social en Vitoria-Gasteiz, calle Arana, n.º 15, 1 y con NIF B-01.503.770.

2º) Se declara CONCLUSO el concurso por insuficiencia de la masa activa.

3º) La mercantil concursada queda responsable del pago de sus créditos pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.

4º) Se acuerda la extinción de la mercantil IDEO WATER TECHNOLOGIES, RESEARCH AND MANAGEMENT, S.L., y se ordena la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Alava, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonios de la presente resolución cuando sea firme.

5º) En el año siguiente a la fecha de esta resolución, los acreedores podrán solicitar la reapertura del concurso con la finalidad de que se ejerciten acciones de reintegración, indicando las concretas acciones que deben iniciarse o aportando por escrito hechos relevantes que pudieran conducir a la calificación del concurso como culpable.

6º) Publíquese la declaración de concurso en extracto por medio de edictos en el Boletín Oficial del Estado con carácter gratuito, en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal.

A tal efecto colóquese el edicto informativo en el tablón de anuncios de este Juzgado y librese oficio al director del Boletín Oficial del Estado.

Notifíquese esta resolución a la representación del deudor y, en su caso, a los interesados que pudieran haberse personado.

Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios vía telemática, informática y electrónica, entréguese al/a Procurador/a del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. En caso de incumplimiento o demora le pararan los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesal.

Vitoria, 8 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.

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