Elba García Álvarez, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia N.º 4 de Ourense-De lo Mercantil, hace saber:
Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección V Liquidación n.º 498/2013 y NIG n.º 32054 42 1 2013/0003535 se ha dictado en fecha 23/07/2015 auto de conclusión de concurso del deudor "Rúa San Francis Siete, S.L., con CIF. n.º B-32352783, el cual es firme.
La parte dispositiva del referido auto es del tenor literal siguiente:
"Acuerdo:
1.- Declarar la conclusión del concurso del deudor RUA SAN FRANCIS SIETE, S.L.
2.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.
3.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.
4.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda.
5.- Declarar que el deudor queda responsable del pago de los restantes créditos. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
6.- Se pone de manifiesto la obligación legal que tiene el liquidador de la entidad RUA SAN FRANCIS SIETE, S.L., de conservar los Libros de comercio, correspondencia, documentación y justificantes concernientes al tráfico de la sociedad durante el plazo de seis años a contar desde el asiento de cancelación de la sociedad.
7.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.
Ourense, 27 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.
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