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Documento BOE-B-2015-24252

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 1 de agosto de 2015, páginas 33741 a 33741 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-24252

TEXTO

D/ña. María Aranzazu Alameda López, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 577/2015, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad MECÁNICAS ENRIC, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 577/2015 sección C1

NIG del procedimiento.-08019-47-1-2015-8005064

Entidad concursada.- MECÁNICAS ENRIC, S.L., con CIF nº B62747464.

Tipo de concurso.- Voluntario.

Fecha del auto de declaración.- 9 de julio de 2015.

Administrador/es concursal/es.- Diana Martínez López, con domicilio profesional en Rbla. Catalunya, 91-93 4º 3ª Barcelona, núm. de teléfono 934876545, núm. de fax 934961895 con dirección electrónica concursal@pgmic.com, designado por la sociedad PGM IURIS CONSULTING, S.L.P. nombrada administradora concursal

Facultades del concursado.- intervenidas.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 13 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.

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