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Documento BOE-B-2015-24235

COSLADA

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 1 de agosto de 2015, páginas 33721 a 33721 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2015-24235

TEXTO

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 3 DE COSLADA

Nº PROCEDIMIENTO: DCT 664/14

EDICTO

En el presente procedimiento seguido a instancia de MARIA ESPERANZA CAMPO REINA frente a VICTOR RODADO VIGARA se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal es el siguiente:

"SENTENCIA Nº82/15

En Coslada, a ocho de junio de dos mil quince.

Vistos por mí, Ilmo. Sr. D. José Manuel Delgado Seoane, juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Coslada, los autos seguidos en este Juzgado del procedimiento de divorcio contencioso a instancia de Dña. María Esperanza Campo Reina, representada por la Procuradora Dña. Noemí Jurado Lapeña y asistida por el Letrado D. Vicente Revenga Galiano, contra D. Victor Rodado Vigara, en rebeldía, y sin intervención del Ministerio Fiscal."

(...)

"FALLO

Que estimo integramente la demanda interpuesta por la representación procesal de Dña. María Esperanza Campo Reina, frente a D. Victor Rodado Vigara, en la que debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio de ambos cónyuges con los efectos legales inherentes a dicha declaración.

No procede realizar especial declaración sobre las costas causadas en este procedimiento.

Los efectos de esta sentencia se producen desde la fecha de su dictado.

Una vez sea firme esta resolución, expídase el oportuno despacho para anotación marginal de la misma en la inscripción del matrimonio de los litigantes en el correspondiente Registro Civil.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que la presente resolución es apelable en este Juzgado y para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de 20 días computados desde el siguiente al de su notificación, el cual deberá interponerse en la forma establecida en la ley de enjuiciamiento civil.

Así por esta mi sentencia de la que se llevará certificación a los autos de que dimana, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo, D. José Manuel Delgado Seoane, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 de Coslada y su partido. Doy fe"

Y encontrándose dicho demandado, Victor Rodado Vigara en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Coslada, 9 de junio de 2015.- Secretario Judicial.

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