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Documento BOE-B-2015-24175

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 31 de julio de 2015, páginas 33627 a 33628 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-24175

TEXTO

Don Joaquín Andrés Sancho, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia,

Por el presente, hago saber: Que en Juzgado se tramitan Autos de Concurso de Acreedores número 000638/2015 habiéndose dictado en fecha 10 de julio de 2015 por el Ilustrísimo Señor Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia Auto firme de conclusión de Concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Parte dispositiva

Se declara en estado de Concurso Voluntario a la Mercantil Think Wide Labs, S.L., con domicilio en Valencia, calle Escultor Antonio Sacramento, n.º 17, y CIF n.º B-98633167, inscrita en el Registro Mercantil de Valencia al tomo 9.787, folio 134, hoja V-159293.

Asimismo, se declara la conclusión del Concurso por insuficiencia de masa activa.

Se declara la disolución de la sociedad y el cierre o cancelación de la hoja registral y asimismo su extinción.

Procédase a la publicidad de esta declaración de concurso, expidiéndose al efecto los oportunos edictos que se insertarán, gratuitamente, en el "BOE", de forma gratuita (Disposición transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el Registro Público Concursal. A cuyos efectos se entregarán al Procurador de los Tribunales de la concursada, para su curso y gestión, de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal. Póngase en conocimiento de dicho Procurador que, en plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaría de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el "BOE" los oportunos edictos.

Expídase por la Sra. Secretaria judicial mandamiento, por duplicado ejemplar, al Registro Mercantil de la Provincia de Valencia a fin de que se verifique la oportuna anotación registral de la declaración del concurso y de la conclusión, así como de la disolución de la sociedad y su extinción. Debiéndose proceder también al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro.

Fórmese la Sección 1.ª del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor.

Notifíquese la presente resolución al deudor, a la AEAT y a la TGSS.

Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en un plazo de veinte días y para la Ilustrísima Audiencia Provincial de Valencia, plazo que se computará a los terceros interesados a partir de su publicación en el "BOE".

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilustrísimo Sr. D. José María Cutillas Torns, Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe.

Firma del Magistrado-Juez. Firma del Secretario.

Valencia, 13 de julio de 2015.- El Secretario judicial.

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