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Documento BOE-B-2015-2382

Acuerdo del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por el que se anuncia la notificación de la Resolución de fecha 11 de diciembre de 2014, en el Expediente S/0477/13, Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial (COAPI), al Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial, por imposibilidad de notificación en su domicilio.

Publicado en:
«BOE» núm. 23, de 27 de enero de 2015, páginas 3363 a 3364 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
Referencia:
BOE-B-2015-2382

TEXTO

No habiendo sido posible la notificación los días 17 y 18 de diciembre de 2014 en el domicilio conocido del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial (Calle Montera, n.º 13, 28013 Madrid), tras tres intentos infructuosos, procede acudir al medio de notificación previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para hacer efectiva la notificación a dicho Colegio de la Resolución, dictada en el expediente de referencia.

En consecuencia, se indica que:

"La Sala de Competencia del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, ha dictado Resolución, de fecha 11 de diciembre de 2014, en el expediente S/0477/13, incoado por la extinta Dirección de Investigación contra el Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial (COAPI), por supuestas prácticas restrictivas de la competencia tipificadas en el artículo 1.1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.

Dicha Resolución, acuerda en su parte dispositiva, lo siguiente:

"Primero.-Declarar que en este expediente ha resultado acreditada una infracción del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia, de la que es autor el Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial (COAPI), consistente en (i) la adopción de criterios para el acceso a las listas de peritos judiciales, (ii) la recomendación de baremos orientativos respecto a los honorarios de los servicios de los Agentes de la Propiedad Industrial (API), y (iii) el cobro de cuotas ordinarias variables sobre los trabajos profesionales que los API colegiados realizan ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), que han tenido lugar durante doce, tres y trece años respectivamente.

Segunda.-Imponer al Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial (COAPI), como autor de la conducta infractora una multa sancionadora por importe de setenta mil (70.000) euros.

Tercero.-Intimar al Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial (COAPI) para que cese en la conducta consistente en el cobro de cuotas ordinarias variables basadas en la actividad profesional que cada API desarrolla ante Ia OEPM y en lo sucesivo se abstenga de cometer prácticas como las sancionadas u otras similares que puedan obstaculizar la competencia.

Cuarto.-Instar a la Dirección de Competencia para que vigile y cuide del cumplimiento íntegro de esta Resolución.

Contra esta Resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde su notificación."

Lo que se publica para que sirva de notificación al Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial (COAPI), y se comunica que la Resolución se encuentra a su disposición en la Secretaria del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. C/ Alcalá, 47, 28004 de Madrid.

Madrid, 19 de enero de 2015.- El Secretario del Consejo.

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