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Documento BOE-B-2015-23562

NOTARÍA DE DON LEOPOLDO PÉRIZ NAVARRETE

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 25 de julio de 2015, páginas 32780 a 32781 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2015-23562

TEXTO

Edicto de Anuncio de Subasta.

Leopoldo Périz Navarrete, Notario del Ilustre Colegio de Aragón, con residencia en La Almunia de Doña Godina,

Hago saber: Ante mí se tramita procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, número provisional de expediente 1/2015, de las siguientes fincas:

1. Rústica. Campo secano, en término municipal de La Muela, en la partida Pozo del Ahogado, de dos hectáreas, cuarenta y nueve áreas y cincuenta centiáreas. Polígono 53, parcela 48. Linda: Norte y Este, camino; Sur, Adoración Aured; y Oeste, municipio. Referencia catastral: 50183A053000480000IB. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Almunia de Doña Godina, al tomo 2562, folio 12, finca numero 1.991.

2. Rústica. Campo secano, en término municipal de La Muela, partida Pozo del Ahogado, de una hectárea, noventa y una áreas y veinticinco centiáreas. Linda: Norte, Alfonso Embarba; Sur, Bernardino Torres; Este, Alfonso Embarba; y Oeste, paso. Parcelas 52 y 53 del polígono 53. Referencias catastrales: 50183A053000520000IY y 50183A053000530000IG. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Almunia de Doña Godina, al tomo 2.303, folio 189, finca número 3.848.

3. Rústica. Olivar secano, en término municipal de La Muela, en la partida Pozo Ahogado, de superficie, según Catastro, una hectárea, veintiséis áreas y treinta y ocho centiáreas. Linda: Norte, parcela 53; Sur y Oeste, Ayuntamiento; y Este, carretera. Es la parcela 54 del polígono 53. Referencia catastral: 50183A053000540000IQ. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Almunia de Doña Godina, al tomo 2.562, folio 15, finca número 7.524.

4. Y Rústica. Campo de secano, en término de La Muela, partida Pozo del Ahogado, de una hectárea, dos áreas y ocho centiáreas. Linda: Norte, Miguel Mateo; Sur, Miguel Garza; Este, Carlos Solans; y Oeste, Luis Martínez y hermanos. Parcela 49, polígono 53. Referencia catastral: 50183A053000490000IY. Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Almunia de Doña Godina, al tomo 2.330, folio 102, finca número 4.298.

Procediendo la subasta de las fincas, se hacen saber sus condiciones:

Tendrá lugar en mi Notaría, sita en La Almunia de Doña Godina, Avenida de Madrid, sin número, bajo, esquina calle de Huesca, en una única subasta, que se celebrará el día 2 de septiembre de 2.015, a las 13:00 horas, siendo los tipos de salida los siguientes:

-El de la finca registral número 1.991: cuatrocientos setenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y cinco euros y sesenta céntimos (474.465,60 euros).

-El de la finca registral número 3.848: trescientos ochenta y siete mil seiscientos veinte euros y diez céntimos (387.620,10 euros).

-El de la finca registral número 7.524: doscientos treinta y cuatro mil cuatrocientos treinta y cinco euros y sesenta céntimos (234.435,60 euros).

-Y el de la finca registral número 4.298: ciento noventa y un mil seiscientos veintisiete euros y diez céntimos (191.627,10 euros).

La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236-a y 236-b del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría, de lunes a viernes, de 10 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como título bastante la documentación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta quedarán subsistentes y, por el solo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.

Los postores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría, el treinta por ciento del tipo de salida correspondiente, mediante cheque bancario a nombre del Notario.

Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el cheque bancario justificativo del depósito, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a tercero.

Las cuatro fincas están gravadas con una anotación preventiva de prohibición de enajenación y gravamen, en virtud de resolución dictada en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de La Almunia de Doña Godina, al seguirse diligencias previas en procedimiento abreviado número 91/2.008, según mandamiento judicial de 15 de abril de 2.013, que causó la anotación letra C de la registral 1.991, letra E de la registral 3.848, letra C de la registral 7.524, y letra C de la registral 4.298, todas de 9 de mayo de 2.013. En consecuencia, la adjudicación que de las fincas se haga en este procedimiento de ejecución está subordinada a la condición suspensiva de que tal adjudicación y la subsiguiente compraventa extrajudicial sea autorizada por el órgano jurisdiccional competente por razón de dicha anotación preventiva.

La Almunia de Doña Godina, 22 de julio de 2015.- Notario.

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