D. Esteban Martínez Rovira, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, hago saber:
Que en los autos asentados en el Libro registro bajo el nº 3/14-A seguido por los trámites previstos en los artículos 192 y siguientes de la Ley Concursal para los incidentes concursales en el Concurso Abreviado n.º 366/11-A, a instancia de Dña. Wendy Morrison, representada por el Procurador Sr. Rul.lan Castañer y asistida del Letrado Sr. Canals Salvá, contra la Administración concursal, asistida del Letrado Sr. Frau i Gaià, y D. Francisco José Casanova Gual, representado por el Procurador Sr. Sastre Santandreu, y asistido del Letrado Sr. Marqués Maroto, se ha dictado sentencia en fecha 21/01/2015 por la que se acuerda:
Desestimar la demanda de oposición interpuesta por el Procurador Sr. Rul.lan Castañer, en nombre y representación de Dña. Wendy Morrison, contra la Administración concursal y D. Francisco José Casanova Gual:
Acordando la conclusión del proceso concursal de Francisco José Casanova Gual con DNI número 43042555-X con domicilio en la calle Pins nº 21, Portal 7-3-2 de Peguera, Calvià.
Palma de Mallorca, 21 de enero de 2015.- Secretario Judicial.
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