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Documento BOE-B-2015-21117

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 2 de julio de 2015, páginas 29310 a 29311 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-21117

TEXTO

Don Joaquín Andrés Sancho, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia,

Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan Autos de Concurso de Acreedores número 1558/2012 habiéndose dictado en fecha 5 de junio de 2015 por el Ilmo./a. Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia Auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Parte dispositiva

Se decreta la conclusión del concurso Concurso Abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 1558/2012, promovido por el Procurador Sr. Alfonso Cuñat, Alejandro Javier, en nombre y representación de la mercantil Cablevisión, S.A., y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda disponer el cese del Administrador concursal Fernando Escriva, S.L.P., revocando las actuaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Cablevisión, S.A., con CIF n.º A46270153, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia, ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme.

Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 6 de mayo de 2015.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC, expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el "BOE" de forma gratuita (Disposición transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de la concursada Alfonso Cuñat, Alejandro Javier, a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días, a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar, en la Secretaria de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el "BOE" y RPC los referidos edictos.

Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2.ª del concurso.

Notifíquese la presente resolución a la Administración Concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC).

Así por este Auto, lo pronuncia manda y firma el Ilmo. Sr. D. José María Cutillas Torns, Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe.

Valencia, 5 de junio de 2015.- El Secretario judicial.

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